Todos conocemos el auge que ha sufrido la venta de inmuebles en los últimos años, y por tanto, la aparición de negocios inmobiliarios.
En un momento en el que la venta de pisos e inmuebles en España, era la gran bicoca, este tipo de negocios proliferó de una forma exagerada. Si embargo, en el último año, y debido a un cambio radical en las perspectivas de este mercado, descubrimos que, ni todas las inmobiliarias son lo que parecen, y no todas cuentan con expertos inmobiliarios.
A continuación os relato un hecho real, para que sirva como ejemplo y que cada uno tome sus propias precauciones:
El primer paso, una vez encontrado el comprador del inmueble a través de una agencia inmobiliaria, es la firma del contrato de Arras. El contrato hay que leerlo muy bien, no hay que dar nunca por hecho, que las clausulas que se indican, no van a suceder nunca (si están, es porque algo así puede ocurrir).
El contrato de Arras se firma 2 meses y medio antes de la escritura de compra-venta. Esta es una práctica habitual, y no tiene por qué suponer ningún perjuicio para ninguna de las partes (si todo es cristalino).
El segundo paso, es que el banco que va a conceder el préstamo a la parte compradora, tase el piso. En función de la tasación, el banco concederá o no el importe correspondiente al comprador como hipoteca.
Hasta aquí todo puede parecer normal… pero, un día, la inmobiliaria llama al vendedor, diciendo que ha habido un problema: No conceden el préstamo al posible comprador.
El vendedor, no ha visto la tasación. La inmobiliaria desde un principio sostiene que los compradores son solventes, y que el préstamo les será concedido sin ningún problema… entonces .. ¿Cuál es el problema?.
Hemos sido objeto de una artimaña. Esta consiste en lo siguiente:
La inmobiliaria lleva al vendedor, un posible comprador (a veces incluso se trata de “conocidos” de la propia agencia inmobiliaria). En esa misma visita al inmueble, el comprador se muestra tan interesado, que no es necesario un segundo contacto, allí mismo se acuerda un día, hora y lugar para firmar el contrato de Arras (las clausulas son tan genéricas, que cualquier cosa que ocurra, el vendedor tiene todas las de perder).
Sin embargo, por desconocimiento, y por pensar que nos encontramos en manos de “profesionales”, al final se firma. Todo parece transcurrir con normalidad: la tasación, la cantidad entregada como señal…. Sin embargo, lo que hemos firmado es un “Contrato de exclusividad” de forma encubierta. Durante el tiempo por el cual hemos firmado el contrato de Arras, el agente inmobiliario trata por todos los medios de encontrar un “cliente real”. Y en cualquier caso, prácticamente a última hora, nos indica que hay algún problema con el préstamo de los compradores, de tal forma que:
a) Si sale mal, ellos se cubren la espalda con una indemnización (indicada en el contrato de arras de forma muy astuta)
b) Si sale bien, encuentran un “cliente real” que se hace cargo del coste de la operación.
Afortunadamente, en el caso que os relato, y cómo el que hizo la ley hizo la trampa, había un periodo en el cual, el vendedor podía reaccionar si no había recibido notificación por parte del comprador o de la inmobiliaria, y redactó un burofax, indicando que no se habían cumplido los plazos establecidos.
Aún así, el perjuicio para la parte vendedora fueron 2 meses y medio de espera (tiempo durante el cual, perdieron compradores que efectivamente estaban interesados en la compra). Perdieron la posibilidad de venta durante algún tiempo más, ya que hasta que la situación se solventó, llegaron a principios del mes de Diciembre ¿y quién es el guapo que se mete en la compra de un piso en el mes de Diciembre?.
¿Esta práctica es denunciable? Si, podríamos denunciar. El problema es demostrar que efectivamente la agencia inmobiliaria, ha actuado de forma fraudulenta. No hay nada que indique que ellos están obrando de mala fe, y por tanto, el demostrarlo, es prácticamente imposible.
Internet, está lleno de casos sobre fraudes a compradores, es por este motivo que he querido dejar en este espacio constancia de que todos podemos ser víctimas de la mala fe de unos desaprensivos, que a falta de un negocio “fácil”, se dedican a engañar a la gente.
No obstante, siempre podemos consultar a expertos que velan por nuestra seguridad a la hora de realizar contratos, sean de la naturaleza que sean, y que nos ofrecen un asesoramiento gratuito. Cada ayuntamiento posee una oficina de atención al consumidor, pero si no fuera así, siempre podemos consultar con la “Organización de Consumidores y Usuarios” de la que os dejo aquí la dirección:
http://www.ocu.org
25 de diciembre de 2007
Inmobiliarias: Sus Tretas
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario